Embarazo de padres divorciados
Una pareja divorciada tendrá un hijo con embriones congelados, obtenidos por fertilización in vitro cuando estaban casados, para concebir a su primer y único hijo.
Como es sabido, este procedimiento fertiliza varios embriones y no uno solo, para incrementar las posibilidades de embarazo, quedando los restantes en espera, para, en el mejor de los casos, inseminar a la madre nuevamente y poder nacer, o bien terminar siendo destruidos en algún momento, o eventualmente ser utilizados por otras parejas supuestamente con la autorización de los padres biológicos.
No es descabellado pensar que estas prácticas también se puedan prestar a negociaciones espurias, en manos inescrupulosas.
Sobre estos aspectos, aún queda un vacío legal que hace que la suerte de estos embriones dependa del criterio de un juez, caso por caso.
Dejando de lado la valoración moral que pone en juego estos procedimientos, lo cierto es que no contemplan el hecho real de que las parejas no suelen perdurar mucho tiempo juntas; y esta posibilidad no demasiado incierta, pueda generar conflictos de difícil solución que no se tienen en cuenta.
Pensar a largo plazo en términos de pareja, hoy en día es ser demasiado optimista y poco realista, porque cuando dos personas tienen poco desarrollado el concepto del “nosotros” y continúan pensando en forma individualista como es común en estos días, es poco probable que la relación perdure.
En este caso particular, el juez autorizó la fertilización asistida de la mujer, que es la que desea utilizar los embriones para tener un hijo, sin el acuerdo de su ex marido.
Esta ex pareja, que vive en Tres Arroyos, provincia de Buenos Aires, Argentina; se divorció dos meses después de haber dado a luz a su primer hijo. Dos años más tarde, o sea ahora, esta señora decide tener otro hijo, de los cinco óvulos fecundados que permanecen crio preservados en el Instituto de Ginecología y Fertilidad (IFER).
La Cámara Civil ratificó el fallo en primera instancia que no da lugar a la oposición del hombre y que favorece a la mujer, que podrá lograr su deseo de ser otra vez madre de un hijo de su ex marido.
Los argumentos en que se basó el juez para esta decisión son dos: la protección de los embriones, que legalmente se consideran en este país personas por nacer; y el hecho de haber aceptado el hombre la primera vez ser padre mediante fertilización asistida y las posibles consecuencias.
Para la ley civil argentina, desde la concepción, un embrión es una persona, aún cuando el Código Civil mencione la concepción en el seno materno, se extiende este concepto a la concepción fuera del seno materno.
Cabe destacar que frente a este conflicto familiar, no se ha tenido en cuenta la repercusión a nivel psicológico que puede tener en el niño por nacer el hecho de no ser un hijo deseado por el padre.
Por otro lado, si el padre actualmente tiene otra pareja y tal vez otro hijo, esta situación puede generar conflictos con su nueva familia.
No sabemos si existen otras motivaciones en la ex mujer, más allá de querer aprovechar los embriones para tener otro hijo.
Sin duda esta es una de las múltiples derivaciones que puede tener la aplicación de la tecnología para la fecundación asistida.